El trámite debe realizarse por la VUCE y concluir antes del 31 de diciembre; los autos sin declaración serán comisados.

NacionalesAduana establece disposiciones para la importación de vehículos
La Comisión Gubernamental del Ozono (CGO), el Instituto Boliviano de Metrología (IBMETRO) y la Aduana Nacional (AN) comunicaron las disposiciones vigentes para la importación de vehículos automotores en zonas francas industriales durante la gestión 2025. El plazo límite para completar el trámite será hasta el 31 de diciembre de 2025, conforme al Artículo 135 de la Ley N.º 1990, el Decreto Supremo N.º 28963, el Decreto Supremo N.º 5211 (que crea la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE), y la Resolución de Directorio N.º RD 01-005-25 de la Aduana Nacional.
Las instituciones recordaron a los usuarios talleristas que es obligatorio presentar el Parte de Recepción de Mercancías (PRM), necesario para generar los Documentos de Protección de la Capa de Ozono (DPCO).
Estos documentos son elaborados únicamente por técnicos acreditados por la CGO. Además, en ciertos casos, será necesario recuperar los gases refrigerantes antes de modificar o anular el sistema del vehículo.
La información del DPCO se basa exclusivamente en una inspección técnica in situ. Su pago podrá realizarse en efectivo o por transferencia digital mediante QR.
PLAZO:
La actualización del año modelo del vehículo en el sistema SUMA se hará a las 23:59:59 del 31 de diciembre de 2025. Por eso, las solicitudes del Certificado Medioambiental deberán ingresarse hasta las 18:00 del mismo día, para permitir el proceso de verificación documental y técnica.
Las autoridades advirtieron que los vehículos reacondicionados almacenados en zonas francas industriales que no presenten su declaración de importación a tiempo deberán ser reexpedidos al exterior. De lo contrario, serán objeto de comiso.
Se recomendó tomar previsiones por la alta demanda de trámites a fin de año. Las solicitudes fuera del horario establecido serán responsabilidad exclusiva del solicitante.



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